Fracción XIV: Convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos
Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos.
ARTÍCULO 75° - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.
El sujeto obligado publicará los avisos, invitaciones y/o convocatorias que emita para ocupar cualquier tipo de cargo, puesto o equivalente y sólo cuando sea sometido a concurso, público o cerrado, de acuerdo con su naturaleza jurídica, la normatividad que le aplique, sus necesidades institucionales y su presupuesto autorizado. Asimismo, se deberá publicar el estado y/o etapa en el que se encuentra el proceso de selección y los resultados del mismo.
Responsable de la información
Coordinación Jurídica
Fecha de validación
09 de julio del 2024
Fecha de actualización
09 de julio del 2024
NO APLICA
De conformidad con el Dictamen de la Tabla de Aplicabilidad del Fideicomiso de Turismo de La Paz aprobado por el Pleno del Consejo General esta fracción No Aplica, ya que no se desprende facultad o atribución alguna relacionada con la siguiente fracción acorde a lo dispuesto en el articulo 34 la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.